
El anuncio fue realizado por la presidenta Cristina Fernández durante su discurso ante la Asamblea Legislativa.
La medida abarca a las mujeres embarazadas que están desocupadas; a las monotributistas sociales; a las que se desempeñan en la economía informal o en el servicio doméstico y cobran un salario igual o inferior al mínimo vital y móvil.
En todos los casos, percibirán mensualmente el 80% de la Asignación y el 20% restante, al momento de nacimiento del hijo.
Para poder acceder a esta protección, la madre deberá acreditar:
- Ser argentina, nativa o por opción, naturalizada o residente, con residencia legal en el país no inferior a 3 años previos a la solicitud de la asignación.
- El estado de embarazo mediante la inscripción en el Plan Nacer. Para los casos en que la embarazada cuente con cobertura social, pero se encuentre dentro de los supuestos de percepción de la Asignación Universal por Hijo, la acreditación del estado de embarazo se hará mediante certificado médico expedido, según lo previsto en dicho Plan. Finalizado el embarazo la mujer deberá acreditar el cumplimiento de todos los controles realizados conforme lo previsto en el Plan Nacer. En el mismo acto podrá inscribir a su hijo en la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.
Como el objetivo central de esta política es la protección materno-infantil, la mujer deberá realizarse obligatoriamente la prueba de embarazo, cinco controles completos, examen odontológico, análisis de sangre y orina, dos dosis de vacuna doble en el embarazo y una de vacuna doble viral luego del parto, dos ecografías y recibir información sobre el cuidado durante el embarazo. Esta serie de controles, permitirá que, en caso de ser necesario, la madre pueda ser derivada a otros médicos especialistas que aseguren el normal desarrollo del niño.